Armas de fuego. Emergencia nacional (Armas de fuego. Emergencia nacional) Nacional
Armas de fuego. Emergencia nacional Nacional
- Artículo 1. Declárase la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación,...
- Artículo 2. A los fines previstos en la presente ley, el MINISTERIO DEL INTERIOR será la...
- Artículo 3. Créase el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO.
- Artículo 4. Finalidades
- Artículo 5. EL PODER EJECUTIVO NACIONAL por un plazo de ciento ochenta días,...
- Artículo 6. Delégase al PODER EJECUTIVO NACIONAL la facultad de dictar las normas que...
- Artículo 7. Consecuencias legales: La entrega de armas de fuego y municiones durante el...
- Artículo 8. Amnistía
- Artículo 9. Condonación de deudas
- Artículo 10. A fin de promover la participación, créase el "Premio Federal" que...
- Artículo 11. Informes
- Artículo 12. Prohíbese la fabricación, venta, comercio e importación de réplicas de armas...
- Artículo 13. Las autoridades nacionales en sus respectivas áreas de incumbencia deberán...
- Artículo 14. La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) practicará un...
- Artículo 15. De conformidad con el establecido en el artículo precedente el Estado...
- Artículo 16. Las Fuerzas Armadas, de Seguridad y la Policía Federal Argentina deberán...
- Artículo 17. El ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DEL INTERIOR podrá convenir con...
- Artículo 18. Créase el COMITE DE COORDINACION DE LAS POLITICAS DE CONTROL DE ARMAS DE...
- Artículo 19. El COMITE DE COORDINACION estará integrado por representantes de los...
- Artículo 20. Créase un CONSEJO CONSULTIVO DE LAS POLITICAS DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO...
- Artículo 21. El MINISTERIO DEL INTERIOR tendrá a su cargo la SECRETARIA EJECUTIVA del...
- Artículo 22. Los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de la presente...
- Artículo 23. La presente ley entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación y...
- Artículo 24. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional Día Nacional del Síndrome de Asperger Transporte de carga sanitaria Ley de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina Creación de un juzgado federal en Azul, provincia de Buenos AiresMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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