Adjudicación de vivienda bajo el régimen del FONAVI (Adjudicación de vivienda bajo el régimen del FONAVI) Provincia de Santa Fe
Adjudicación de vivienda bajo el régimen del FONAVI Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Todo inmueble destinado a vivienda, construido en jurisdicción provincial...
- Artículo 2. El precio definitivo será determinado por la Dirección Provincial de...
- Artículo 3. La Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo deberá realizar todas las...
- Artículo 4. Las escrituras de transferencia de dominio y gravámenes serán realizadas a...
- Artículo 5. A los fines del cumplimiento del artículo anterior, créase un fondo...
- Artículo 6. El orden de la escrituración de los beneficios comprendidos en los artículos...
- Artículo 7. Adhíerase la Provincia al régimen de la Ley Nacional nro. 21.581 y a sus...
- Artículo 8. Establécese la desgravación impositiva determinada por la legislación...
- Artículo 9. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a una...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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