Adhesión a la Ley Nacional 27.076 Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina (Adhesión a la Ley Nacional 27.076) Provincia de Misiones
Adhesión a la Ley Nacional 27.076 Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Se adhiere la Provincia de Misiones a la Ley Nacional Nº 27.076,...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación es el Ministerio del Agro y la Producción, siendo...
- Artículo 3. La actividad bubalina debe desarrollarse mediante el uso de prácticas...
- Artículo 4. Se autoriza al Poder Ejecutivo a constituir la Unidad Ejecutora Provincial...
- Artículo 5. Se crea el Registro de Productores de Ganado Bubalino, con el objeto de...
- CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo queda facultado a otorgar a las personas humanas o...
- Artículo 7. Se faculta al Poder Ejecutivo a dictar la normativa complementaria y...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo queda autorizado a efectuar adecuaciones, modificaciones...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Créase el Programa Provincial de Lucha contra el Sedentarismo Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 26.687 Declarase Patrimonio Cultural y Turistico al predío Parque de las Naciones ubicado en la Municipaliad de Oberá Expropiación de Inmuebles para la construcción de obras básicas y pavimento, sus anexos, accesos a localidades, obras complementarias Creación del Programa de Agricultura Inteligente Bajo CubiertaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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