Declaración de monumento histórico nacional a la manzana histórica de la Universidad Nacional del Litoral

Artículo 1.

Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la manzana histórica de la Universidad Nacional del Litoral compuesta por los edificios del rectorado y de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de dicha casa de estudios, sita en la ciudad de Santa Fe, departamento de La Capital de la provincia del mismo nombre, cuyos datos catastrales son: parcela 125, manzana 3.527, partida 10-11-05120290/0001-5.



Artículo 2.

La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley y tomará las medidas pertinentes a efectos de asegurar la custodia, conservación, refacción y restauración del monumento histórico nacional que se declara por esta ley.



Artículo 3.

La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos el monumento declarado en el artículo 1° de la presente ley, con la referencia monumento histórico nacional.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional