Declárese Fiesta Nacional a "La Fiesta de la Navidad Cordillerana" durante el mes de diciembre de cada año.
Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional de la Navidad Cordillerana a la ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén.
Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.